Bajo la ley vigente (Ley 38-2026, pendiente del aval final de la Junta de Supervisión Fiscal — la JSF), radicar tu solicitud de decreto en o antes del 31 de diciembre de 2026 está diseñado para asegurar la tasa de inversionista de 0%; quien radique en 2027 cae bajo el régimen de 4%. En una ganancia grande, esa diferencia es dinero real — mira tu propio número en 30 segundos.
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Diferencia de tasas ilustrativa únicamente — no es una proyección contributiva; ley vigente (Ley 38-2026, pendiente del aval de la JSF/FOMB).
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Diferencia de tasas ilustrativa únicamente — no es una proyección contributiva; ley vigente (Ley 38-2026, pendiente del aval de la JSF/FOMB). Un profesional licenciado en Puerto Rico confirma tu tratamiento real.
Mucha gente trata el Acta 60 como puro papeleo. Pero la residencia bona fide es una prueba real — presencia física, hogar tributario y conexión más cercana — y cómo se trata la apreciación anterior a la mudanza versus la posterior es un asunto de hechos específicos que un profesional licenciado tiene que atender (y una de las razones más comunes por las que un decreto se cae después). El IRS y la GAO mantienen escrutinio activo sobre el Acta 60. Radicar tarde te cuesta la tasa. Un expediente débil te puede costar mucho más — cuando ya te mudaste.
No deberías tener que descifrar una radicación gubernamental con la fecha encima ni llegar donde tus asesores con un expediente incompleto. Act 60 Sprint es un servicio de orquestación no-asesor: organizamos un expediente completo y bien documentado de residencia, fuente de ingreso y evidencia de base; coordinamos con tu CPA, asesor financiero y profesional licenciado en Puerto Rico; y mantenemos todo el proceso en calendario contra la fecha límite. Tú recibes un plan claro y un expediente limpio; el profesional licenciado hace el trabajo regulado y responde por él.
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Una llamada corta mapea tus asesores, quién es dueño del expediente, tus records y el próximo paso correcto.
Organizamos el expediente; un profesional licenciado en Puerto Rico — el nuestro o el tuyo — revisa, firma y radica antes de la fecha límite.
Muestras visibles antes de pagar: índice de evidencia, mapa de documentos faltantes, plan con fechas y mapa de evidencia cripto donde aplique. Revisado, firmado y radicado por un profesional licenciado en Puerto Rico.
$500 reembolsable dentro de 7 días y antes de que el profesional comience trabajo sustantivo — términos completos al pagar.
Sabes el número antes de comprometerte. Los cargos del gobierno y del profesional se divulgan por separado.
Coordinamos con tu CPA y tus asesores actuales — no los reemplazamos.
Si tu expediente es simple y limpio, te apuntamos a profesional directo, proveedor productizado o auto-radicación en vez de venderte el Sprint.
No podemos garantizar — y no garantizamos — una tasa contributiva, elegibilidad, ahorros ni el resultado de una auditoría. Lo que garantizamos es nuestro proceso y los términos del depósito de arriba.
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La Ley 38-2026 es ley vigente. Está pendiente del aval final de la Junta de Supervisión Fiscal de Puerto Rico (la JSF/FOMB). La tratamos como ley vigente en todo lo que publicamos, y recomendamos que tu profesional licenciado confirme el estatus regulatorio actual para tu radicación.
Bajo la ley vigente (Ley 38-2026), lo que importa para la ventana de tasa es la fecha de radicación — no tu fecha de mudanza. No necesitas haber completado tu mudanza para el 31 de diciembre de 2026; necesitas haber radicado tu solicitud de decreto. Tu profesional licenciado confirma los requisitos de tiempo específicos para tu situación.
La residencia bona fide bajo el Acta 60 involucra tres requisitos que se evalúan en conjunto: (1) presencia física (generalmente 183 días al año), (2) hogar tributario, y (3) factores de conexión más cercana. Cumplir solo con el conteo de días no es suficiente. Un profesional licenciado evalúa los tres requisitos para tu situación específica.
Debes usar profesionales licenciados para el trabajo regulado. Nosotros no los reemplazamos. Armamos el expediente que necesitan: índice de evidencia, mapa de documentos faltantes, records de base, hechos pre/post mudanza, evidencia de residencia y plan con fechas. Si tu CPA o abogado ya es dueño de todo eso, puede que no necesites el Sprint.
Perfecto. Podemos trabajar en modo bring-your-own-professional: organizamos el expediente y coordinamos el handoff con tu CPA, asesor financiero o profesional de PR actual. Ellos mantienen el trabajo regulado; nosotros mantenemos el expediente en movimiento.
No calculamos ni certificamos base en nuestra voz. Mapeamos la evidencia: exchanges, wallets, años, exports disponibles, reportes viejos de base, gaps y preguntas para tu CPA o profesional de PR. La meta es convertir el caos en un paquete listo para revisión.
Si tus hechos son sencillos, tus records están limpios y puedes manejar documentos por tu cuenta, un proveedor productizado, un kit de auto-radicación con firmante, o un CPA/abogado de PR directo puede ser más racional. El Sprint es para casos de ganancia grande, varios asesores y records pesados donde alguien tiene que ser dueño del expediente.
Los cargos de radicación del decreto de Puerto Rico y el requisito de donativo anual ($10,000/año a una entidad sin fines de lucro en PR) no están incluidos en el $7,500 y se divulgan por separado al inicio del encargo. No marcamos margen sobre los costos del gobierno.
Empiezas con un depósito de $500 totalmente reembolsable dentro de 7 días y antes de que el profesional licenciado comience trabajo sustantivo en tu expediente. Los términos completos de reembolso se divulgan al pagar (ver nuestros Términos de Servicio).
El Sprint está diseñado para solicitantes nuevos. Si eres tenedor de decreto existente con preguntas de cumplimiento, la suscripción anual de cumplimiento ($1,995/año) o un encargo de remediación puede encajar mejor — escríbenos para conversar.
Hazlo bien antes de la mudanza, antes de la venta y antes de una auditoría.
Ilustrativo únicamente · ley vigente (Ley 38-2026, pendiente de la JSF/FOMB).